Resumen: Impuesto sobre Actividades Económicas. Hecho imponible. Suspensión de actividad por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Determinar si la suspensión o limitación transitoria de la actividad de un determinado sector ordenada por el decreto de declaración del estado de alarma, en este caso por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, permite considerar que no se produjo el hecho imponible del Impuesto sobre Actividades Económicas durante el periodo en el que estuvo vigente tal medida y, con base en ello, instar la devolución de la parte de la cuota del impuesto abonada correspondiente a dicho lapso temporal. SSTS de 30 de mayo de 2023 (RRCA 1602/2022 y 2323/2022) en sentido coincidente con la pretensión casacional del recurrente.
Resumen: QUEBRANTAMIENTO DE MEDIDA CAUTELAR: permanencia consciente en un grupo a una distancia inferior a la establecida largo tiempo. CONTENIDO DEL RECURSO DE APELACIÓN: más amplio que la casación, con la posibilidad de invocación de la presunción de inocencia, de cualquier defecto de forma de la sentencia o del error en la valoración de la prueba en su conjunto. La decisión debe ajustarse a parámetros objetivos, que pongan de relieve la racionalidad del cambio de criterio y, por supuesto, deben expresarse mediante la adecuada motivación. PRESUNCIÓN DE INOCENCIA: cede ante la práctica de prueba con las garantías propias de la contradicción, inmediación y publicidad, que es prueba hábil y suficiente para desvirtuarla. Su valoración corresponde al órgano de enjuiciamiento. VALORACIÓN DE LA PRUEBA: se pretende que la versión de la mujer protegida prevalezca frente al resto de la prueba. Eficacia de la declaración de los agentes. Inmediación. Motivación de la credibilidad de las testificales.